El Tribunal Supremo anula el Real Decreto 662/2024 sobre solar flotante en embalses
El Tribunal Supremo ha anulado el Real Decreto 662/2024, de 9 de julio, por el que el Gobierno central establecía el régimen al que debía someterse la instalación de plantas fotovoltaicas flotantes en embalses españoles. El fallo, conocido este lunes 19 de mayo de 2026, da la razón al Gobierno de Aragón, que impugnó la norma ante el Alto Tribunal en octubre de 2024 al considerar que su tramitación adolecía de graves defectos formales y vulneraba competencias autonómicas.
La sentencia estima todos los argumentos presentados por los Servicios Jurídicos aragoneses y sienta un precedente relevante para el desarrollo normativo de las energías renovables en España: la omisión del trámite de consulta pública previa es motivo suficiente para anular un real decreto, incluso en materia de transición energética.
Por qué Aragón recurrió el decreto: consulta pública omitida y vulneración de competencias
El Ejecutivo autonómico anunció la impugnación tras el Consejo de Gobierno del 29 de octubre de 2024, fundamentando su recurso en dos ejes principales:
- La obligatoriedad del trámite de consulta pública previa en la elaboración de disposiciones reglamentarias, un paso que el Gobierno central obvió antes de aprobar el decreto.
- La vulneración de los principios de buena regulación y de las competencias autonómicas en materia energética y medioambiental.
El Supremo no solo ha estimado el fondo del recurso, sino que también ha reconocido expresamente la legitimación del Gobierno de Aragón para interponerlo, rechazando así el intento del Ejecutivo central de negar esa capacidad procesal a la comunidad autónoma.
La vicepresidenta de Aragón celebra un fallo que "estima todos los argumentos" autonómicos
La vicepresidenta y consejera de Presidencia, Justicia y Cultura del Gobierno de Aragón, Mar Vaquero, ha valorado positivamente la resolución judicial y ha defendido la actuación del ejecutivo autonómico ante una norma que, a su juicio, carecía de justificación y se había aprobado de forma incorrecta.
"Los aragoneses exigen al Gobierno de Aragón que les defienda ante aquellas decisiones que menoscaben sus derechos o que supongan un grave perjuicio para los ciudadanos de nuestro territorio. Y eso es exactamente lo que hemos hecho." — Mar Vaquero, vicepresidenta del Gobierno de Aragón
El fallo coincide con las conclusiones de la Comisión de Investigación de las Cortes de Aragón
La resolución del Supremo adquiere un peso adicional al coincidir con una de las recomendaciones aprobadas por unanimidad en el pleno de las Cortes de Aragón como conclusión de la Comisión de Investigación sobre las Energías Renovables. Dicha recomendación instaba al Gobierno autonómico a no autorizar la instalación de plantas fotovoltaicas flotantes en los embalses de la comunidad, ni a contemplarlas en el futuro Plan Energético de Aragón.
Esta convergencia entre el poder judicial, el legislativo autonómico y el ejecutivo regional refuerza la posición de Aragón en el debate sobre el modelo de implantación de renovables en el territorio.
Qué implica la anulación para el desarrollo de la fotovoltaica flotante en España
La anulación del Real Decreto 662/2024 no supone una prohibición definitiva de la energía solar flotante en embalses, pero sí deja sin marco regulatorio específico a esta modalidad, que en los últimos años había generado un notable interés promotor en España. El vacío normativo resultante obliga al Gobierno central a reelaborar la regulación desde cero, esta vez respetando los trámites de participación pública y el marco competencial autonómico.
La fotovoltaica flotante en embalses es una tecnología emergente con ventajas reconocidas —aprovechamiento de superficie de agua ya alterada, reducción de la evaporación y sinergia con infraestructuras hidroeléctricas existentes—, pero también con interrogantes medioambientales y territoriales que, precisamente, justifican procesos participativos rigurosos antes de su regulación.
El fallo del Tribunal Supremo envía una señal clara al Ejecutivo: la urgencia de la transición energética no exime del cumplimiento de los principios de buena regulación. La forma en que se aprueban las normas importa tanto como su contenido.
Aragón, referente en el debate sobre la ordenación territorial de las renovables
Aragón se ha posicionado en los últimos años como una de las comunidades autónomas más activas en la discusión sobre el equilibrio entre el despliegue renovable y la protección del territorio. Con una alta exposición a proyectos eólicos y solares por sus condiciones naturales, la comunidad ha impulsado mecanismos de planificación y participación ciudadana que buscan compatibilizar la descarbonización con la preservación del paisaje, los ecosistemas y los derechos de las comunidades locales.
Este fallo judicial se suma a ese posicionamiento y refuerza la capacidad de las comunidades autónomas para exigir procedimientos regulatorios rigurosos cuando el Gobierno central legisle sobre materias con impacto directo en sus territorios y competencias.