El Gobierno obliga a mezclar biometano en el gas natural: cuotas del 0,5% en 2028 al 6% en 2035

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El MITECO propone cuotas obligatorias de biometano en las ventas de gas natural a partir de 2028

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha puesto en audiencia pública el Proyecto de Real Decreto de impulso del biometano, anunciado este 21 de mayo por el secretario de Estado de Energía, Joan Groizard. La propuesta establece una cuota mínima obligatoria de biometano en las ventas de gas natural y gas natural licuado (GNL) para usos distintos al transporte, con una senda progresiva que arranca en el 0,5% en 2028 y alcanza el 6% en 2035.

Las alegaciones al texto pueden presentarse hasta el 11 de junio de 2026 en la dirección bzn-SGH@miteco.es, con el asunto "Alegaciones_RD_biometano".

Qué es el biometano y por qué España quiere impulsarlo ahora

El biometano es un gas de origen renovable obtenido a partir del biogás —resultado de la fermentación anaerobia de residuos orgánicos, purines, lodos de depuradora o restos agrícolas— que, una vez purificado, tiene características prácticamente idénticas al gas natural y puede inyectarse directamente en la red gasista existente sin necesidad de adaptar las infraestructuras de distribución ni los equipos de los consumidores.

Su atractivo es múltiple: contribuye a los objetivos de renovables, avanza en economía circular al valorizar residuos que de otro modo generarían emisiones, crea empleo en zonas rurales y reduce la dependencia de las importaciones de gas fósil, una prioridad estratégica reforzada tras la crisis energética derivada del conflicto en Oriente Medio. El proyecto de decreto responde precisamente al mandato del Real Decreto-ley 7/2026, aprobado en marzo en el marco del Plan Integral de Respuesta a esa crisis.

La senda de penetración: de 23 plantas actuales a 10 TWh en 2035

El avance del biometano en España ha sido notable pero parte de una base muy reducida: en 2021 solo había una planta operativa; a principios de 2026 ya son 23, con 21 inyectando en la red gasista, para una capacidad total de producción de casi 1,4 TWh anuales. El decreto quiere convertir ese crecimiento orgánico en un mercado garantizado mediante obligaciones de mezcla.

La tabla de cuotas mínimas que deberán cumplir comercializadoras y consumidores directos en mercado —los denominados sujetos obligados— es la siguiente:

Año 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 2035
Cuota mínima 0,5% 1,1% 1,8% 2,5% 3,3% 4,1% 5% 6%

El 6% de cuota mínima en 2035 equivaldría, según la demanda de gas prevista en el PNIEC y las estimaciones de la CNMC, a cerca de 10 TWh de biometano, frente al objetivo de 20 TWh de biogás total que marca el PNIEC 2023-2030 para ese año.

Quién queda exento: generación eléctrica, islas y transporte

La base de cálculo sobre la que se aplicarán las cuotas excluye varios segmentos de consumo relevantes:

  • Generación eléctrica: quedan exentos los consumos de centrales de ciclo combinado y de cogeneración, lo que evita distorsiones en el mercado eléctrico.
  • Territorios insulares: Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla quedan fuera del cómputo por sus particularidades en la red gasista.
  • Transporte por carretera, marítimo y aéreo: estos usos tienen su propia normativa de fomento de renovables en el transporte, actualmente en tramitación.

Para acreditar el cumplimiento, el biometano deberá disponer de la correspondiente Garantía de Origen. El incumplimiento de la obligación tendrá la consideración de infracción muy grave, y el decreto incluye medidas específicas de prevención del fraude, como la inhabilitación temprana de agentes que incumplan sus obligaciones sectoriales.

Medidas técnicas para facilitar la conexión a la red gasista

Más allá del mecanismo de cuotas, el proyecto normativo incorpora disposiciones técnicas orientadas a eliminar barreras de acceso a la red gasista para las plantas de biometano y otros gases renovables:

  • Reconocimiento de los equipos de flujo inverso como activos del sistema gasista, resolviendo una laguna regulatoria que dificultaba la inyección desde pequeñas plantas.
  • Definición precisa de las instalaciones de conexión necesarias para la inyección, aportando seguridad jurídica a los promotores.
  • Desarrollo de las líneas directas de conexión para plantas de producción de gases combustibles distintos del gas natural, abriendo la puerta a hidrógeno renovable y otros vectores gaseosos.

Un sello de excelencia territorial, ambiental y social para los proyectos

El decreto prevé además la implementación de un sello de excelencia social, territorial y ambiental para las plantas de producción de biometano que quieran computar en las cuotas obligatorias. Este requisito busca asegurar que el despliegue del biometano se realice en las ubicaciones más adecuadas desde el punto de vista del impacto en el territorio y las comunidades locales, evitando la concentración de instalaciones en zonas ya saturadas o con conflictos de uso del suelo. El sello está actualmente en tramitación.

Con este decreto, España da el paso que varios países europeos ya han dado: crear un mercado obligatorio para el gas renovable que dé certidumbre inversora a los promotores de biometano y acelere la sustitución progresiva del gas fósil importado por producción doméstica de origen residual y agrícola.